miércoles, 5 de agosto de 2009

NORMAS TECNICAS DE CALIDAD

Los importadores de bienes y servicios sometidos al cumplimiento de normas técnicas oficiales obligatorias sujetas a control por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio, deberán obtener el certificado de conformidad expedido por un organismo nacional acreditado de certificación de productos, o por un organismo de certificación reconocido. Cuando no exista en Colombia laboratorio de pruebas acreditado para la realización de un ensayo especifico, serán válidos los certificados de conformidad emitidos por organismos de certificación acreditados por entidades respecto de las cuales se haya demostrado previamente ante la Superintendencia, que son parte de acuerdos multilaterales de reconocimiento mutuo de la acreditación, promovidos o auspiciados por el International Accreditaton Forum (IAF) Están sujetos al cumplimiento de requisitos de carácter técnico o requisitos de calidad, los siguientes productos:

Equipos de comunicación destinados a la transmisión de datos.
Automotores, carrocerías, remolques y semi-rremolques.
Combustibles derivados del petróleo.
Semillas.
Fertilizantes, enmiendas y acondicionadores del suelo.
Inoculantes para leguminosas.
Lactoreemplazadores con destino a la alimentación animal.
Productos biológicos empleados en la prevención y diagnóstico de las enfermedades de los animales domésticos.
Aves destinadas a la reproducción y huevos fértiles para incubación.
Gasolina y ACPM o diesel marino.

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