miércoles, 29 de abril de 2009

¿Quiénes están obligados a tener el RUT?



Según la DIAN los siguientes:

Las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta
Las personas y entidades no contribuyentes, declarantes de ingresos y patrimonio,

Los responsables del impuesto sobre las ventas pertenecientes a los regímenes común o simplificado.

Los agentes retenedores,

Los importadores y exportadores,
Las demás personas naturales o jurídicas que participen en las operaciones de importación, exportación y tránsito aduanero,
Los profesionales en compra y venta de divisas, y Las personas o entidades no responsables del impuesto sobre las ventas, que requieran la expedición de NIT, cuando por disposiciones especiales estén obligadas a expedir factura.

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